Catastro

¿Qué cambió la Ley 11/2021 antifraude sobre el Valor de Referencia Catastro?

Desde el 1-enero-2022, el Valor de Referencia Catastro (VR) sustituye al valor declarado como base imponible mínima del ITP y del ISD. Es un valor objetivo calculado anualmente por el Catastro con escrituras del Notariado. Si pagas menos del VR, Hacienda te liquida la diferencia con sanción. Para impugnarlo necesitas tasación pericial contradictoria.

Antes vs después de la Ley 11/2021 antifraude

ConceptoAntes 2022Después 2022
Base imponible ITPValor declaradoMAX(precio, declarado, VR)
Quién fija el VRCatastro (anual)
Acceso al VRRestringidoPúblico con Cl@ve PIN
Si pagas < VRSin acciónHacienda te liquida + sanción
ImpugnaciónTasación pericial contradictoria
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